Los trabajadores no
tenemos por qué aguantar que, además de que nos realicen descuentos por estar
enfermos, sea imposible entender las nóminas en esos casos
CCOO HA RECLAMADO AL
MINISTERIO DE JUSTICIA QUE EXPRESE LOS DESCUENTOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
EN LAS NÓMINAS DE MANERA COMPRENSIBLE PARA TODOS LOS TRABAJADORES
Las nóminas son absolutamente incomprensibles cuando reflejan descuentos
en los casos de enfermedad, y también cuando se producen liquidaciones de
nóminas, porque se calculan, sin explicación, las cantidades, prorrateándolas
en relación con los días trabajados en el mes de cese como en relación a la
parte que se liquida de las pagas extras
CCOO se ha dirigido al Ministerio de Justicia en relación
con la incomprensibilidad de las nóminas del ámbito no transferido, al menos en
los casos en los que se producen descuentos retributivos por estar enfermo
(desde que se publicó en julio de 2013 la norma del Ministerio de Justicia
sobre esta cuestión) y también en las liquidaciones de nómina cuando un
trabajador cambia de destino o cesa en su puesto de trabajo.
Es absurdo que los trabajadores tengan que hacer esfuerzos
titánicos para comprobar si los descuentos que se les han realizado en la
nómina están bien o mal calculados, o si hay o no errores. Además, si
eventualmente hubieran sido mal calculados, los trabajadores deben poder
conocerlo con la máxima facilidad, para presentar en el plazo correspondiente
la oportuna reclamación, salvo que el Ministerio no quiera incluir con la
debida claridad y separación las diferentes partidas de los descuentos o
liquidaciones para evitar las posibles reclamaciones.
Para ayudar a la comprensión de estas nóminas
incomprensibles, CCOO os aclara cómo calcula el Ministerio de Justicia los
descuentos de nómina en los casos de IT, con un ejemplo.
En el ejemplo, una
nómina de Tramitación de baja 15 días: el sueldo sin descuentos de Tramitación es igual a 911,18 €.
El trabajador/a ha
estado de baja en el mes de septiembre de 2013, durante 15 días. Le descuentan
por todos los conceptos, sueldo, trienios, complemento geneneral del puesto y plan de
acuerdo Transitorio. El cálculo es el mismo para todos los conceptos.
Analizamos y calculamos el descuento sobre el concepto sueldo.
Como ha estado de baja 15 días, según el RDL 20/2012,
durante los tres primeros días le descuentan el 50% de todos los conceptos, y
durante el resto de la baja (en el ejemplo, 12 días) le descuentan el 25%.
El Ministerio de Justicia procede de la siguiente
manera:
1.- Calcula, y le descuenta, 15 días de baja X 911,18 /30 días que tiene el mes de septiembre =
455,59 euros, que se descuentan por el concepto sueldo al
trabajador/a en la nómina.
2.- Le abona de esos 15 días de baja, el 50% por los
tres primeros días y el 75 % del resto, 12 días.
Y lo calcula así, 911,18/30 = 30,37 euros valor día
sueldo. Multiplica este valor día sueldo, 30,37 X 50/100 de 3 días, por un lado, y por otro, 30,37 X 75/100 de 12 días, es decir:
30,37 X 50 X 3/100 = 45,55 euros
30,37 X 75 X 12/100 = 273,33 euros
La suma de ambas cantidades, 45,55 + 273,33 = 318,91 euros, se abonan al
trabajador.
Por tanto, en la nómina por el concepto sueldo
aparecerá como descuento y abono, así:
Sueldo………… Dif 09/2013……………..455,59— (descuento)
Enfermedad Sueldo ….Dif
09/2013……………..318,91 (abono)